Proyecto de ley para acelerar pago del Bono Bodas de Oro

Anuncio del Presidente de la República en discurso del 21 de mayo.
Durante su tercera cuenta pública a la Nación, el Presidente Sebastián Piñera anunció, entre otras materias, que durante los próximos días enviará al Congreso un proyecto de ley para acelerar el pago del Bono Bodas de Oro a los matrimonios que cumplan o vayan a cumplir 50 años de casados.
“Hoy quiero hacer un anuncio. En los próximos días enviaré un proyecto de ley que acelerará el pago de este beneficio, de forma tal que todas las parejas que hayan cumplido o cumplan 50 o más años de matrimonio, y que aún no lo hayan recibido, reciban el Bono Bodas de Oro durante este año o a más tardar el próximo”, señaló el Jefe de Estado.
Durante su alocución, el Mandatario hizo referencia también a la ley que eliminó la cotización del 7% para salud que pagaban los pensionados más vulnerables del país, hasta noviembre del 2011 fecha en la que entró en vigencia esta normativa. “Hace pocos meses, después de años de promesas incumplidas, eliminamos o redujimos el descuento del siete por ciento en salud, lo que benefició a más de 1 MM de pensionados vulnerables”, enfatizó.
“Un proverbio chino dice que el grado de civilización de una sociedad se mide por la forma que trata a sus niños y a sus ancianos. Tenemos una deuda con nuestros adultos mayores”, concluyó la máxima autoridad del país.
Bono Bodas de Oro
Según datos del Instituto de Previsión Social (IPS), aproximadamente a 73 mil personas serán beneficiadas por el bono Bodas de Oro en el transcurso del presente año, en su segunda etapa de implementación. El beneficio, que entrega el Gobierno en reconocimiento a la importancia de la familia, está destinado a todas aquellas parejas que hayan cumplido 50 o más años de matrimonio (ver requisitos).
¿Quiénes pueden solicitar el Bono este año?
Los matrimonios que durante el 2012 cumplan 50, 58, 59 y 60 años de matrimonio.
El plazo para solicitar el beneficio es de un año, contado desde la fecha de aniversario de matrimonio. Ejemplo: Si los cónyuges cumplen 50 años de matrimonio el 17 de enero de 2012, podrán solicitar el bono hasta el 17 de enero de 2013. Si no lo hacen, se entenderá que desisten del beneficio.
¿Cuáles son los requisitos?
Son los siguientes:
- Tener 50 años de matrimonio a partir del 1 de enero de 2010.
- No estar separados, ni divorciados, ni que el matrimonio hubiese terminado por cualquier causa legal.
- Tener Ficha de Protección Social y un puntaje menor o igual a 14.557 puntos.
- Vivir juntos, es decir, en el mismo domicilio; o acreditar residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos cónyuges), reconocidos por la autoridad competente.
- Tener residencia en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el beneficio.
¿Cuál es el monto del Bono?
El valor actual del bono es de $257.924. Se entrega por una sola vez en partes iguales para ambos cónyuges, es decir, cada uno recibe $128.962.
El bono no está afecto a ningún descuento y se reajusta cada año según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
¿Tienen derecho al Bono viudas y viudos?
Sí. En las siguientes situaciones los viudos(as) podrán optar al beneficio.
a) Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio a partir del 1 de enero de 2010 y uno de los cónyuges fallece después de esa fecha, el viudo(a) podrá optar a su parte del bono.
b) Si habiendo presentado la solicitud -y verificado el cumplimiento de los requisitos- cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, una vez concedido éste, el monto correspondiente al cónyuge fallecido formará parte de su herencia.
¿Dónde solicitar el Bono?
Los matrimonios que cumplan con los requisitos exigidos en la ley, pueden acercarse a un Centro de Atención Previsional del IPS y solicitar el beneficio.













